Planes de igualdad para empresas e instituciones

•¿Qué es un Plan de Igualdad?
El artículo 46.1 de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres define los planes de igualdad como: “un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.”
¿A quién va dirigido?
La Ley de Igualdad, en su artículo 45, establece la obligatoriedad de implementación de planes de igualdad en todas aquellas empresas con más de 250 personas trabajadoras, así como en aquéllas en las que se encuentre recogido en su convenio colectivo.
Además, la ventaja competitiva que supone la diversidad para las empresas hace aconsejable su implantación, independientemente del tamaño de las mismas.
¿Qué beneficios aporta?
- Promueve la atracción, retención y promoción del talento interno y externo.
- Mejora la imagen de compromiso social de la empresa.
- Permite el cumplimiento de la normativa, evitando sanciones y demandas que puedan derivarse de su incumplimiento.